 El gobierno fueguino y de la Región de Magallanes en Chile, sellaron un convenio para la prevención, control y extinción de incendios forestales y rurales en un radio de 15 kilómetros a cada lado de la frontera, dentro de la isla de Tierra del Fuego. El convenio surge en la “necesidad de proteger los ecosistemas naturales patagónicos” comunes en esta zona de la región.
El gobierno de Tierra del Fuego, en Argentina y de Magallanes, en Chile; firmaron un acuerdo para establecer “un sistema de cooperación para la protección contra incendios en una faja de 15 kilómetros a cada lado de la frontera, incluyendo actividades de prevención, detección, control y extinción de incendios”.
El acuerdo surge en la “necesidad de proteger los ecosistemas naturales patagónicos”, debido a que “problemas derivados de los daños producidos por los incendios forestales y rurales en un país pueden afectar y comprometer los recursos naturales renovables del país vecino, así como provocar pérdidas al patrimonio forestal”.
El convenio fue firmado por Catalina Bauaedo, Directora Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal de la Región de Magallanes y Antártida Chilena, y por Nicolás Juan Lucas, en carácter de Secretario de Desarrollo Sustentable del gobierno de Tierra del Fuego. El convenio fue ratificado por la gobernadora Fabiana Ríos, mediante decreto 99/10.
Algunas de las cláusulas del acuerdo, son las siguientes:
-De producirse un incendio, la autoridad forestal con competencia máxima de la parte en que se inicie lo comunicará de inmediato a la autoridad de la otra parte, la que dispondrá las medidas necesarias para colaborar en el control y extinción.
-Los gastos operaciones estarán a cargo de la parte auxiliadora durante las primeras 24 horas contadas desde el cruce de la frontera. Luego todos los gastos estarán a cargo de la parte auxiliada.
-El personal especializado de combate de una parte que prestare asistencia en territorio de la otra parte no podrá realizar actividades ajenas a las finalidades del convenio.
-En caso de accidente, que resulten en lesiones al personal de una de las partes en territorio de la otra, esta última deberá proporcionar atención médica oportuna.
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